SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: INICIAR PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, contra el docente Mg. Carlos Luis Lapa Zarate, por presuntamente vulnerar el artículo 105° - Deberes del Docente, literales “b” e “i” del Estatuto de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, aprobado mediante Resolución de la Comisión Organizadora N.° 305-2023-UNIFSLB/CO, que textualmente prescriben: “Los docentes deben cumplir lo siguiente: (…) b) Ejercer la docencia con rigurosidad académica, respeto a la propiedad intelectual, ética profesional y apertura conceptual e ideológica. i) Mostrar conducta digna, concordantes con el artículo 87° - Deberes del Docente, numerales 87.2 y 87.9 de la Ley Universitaria N.° 30220.
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