SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE RESIDENCIA UNIVERSITARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE MENORES RECURSOS ECONÓMICOS DE LA UNIFSLB PARA EL SEMESTRE ACADÉMICO 2025-I Y 2025-II, por el monto de S/. 798,576.00 (setecientos noventa y ocho mil quinientos setenta seis con 00/100 soles), plazo del servicio: 262 días calendarios (del 14 de abril al 31 de diciembre del 2025); tipo de procedimiento de selección: Contratación Directa N° 02-2025-UNIFSLB/OEC-1; supuesto: j) adquisición y arrendamiento, del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado; sistema de contratación: suma alzada; a continuación, se detalla los ítems del servicio.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: PROCEDENTE EL RECONOCIMIENTO DE DEUDA, a favor de la Empresa Corporación Canespa S.A.C. debidamente representada por su Gerente General Lic. Jury Celina Vargas Salazar, por la adquisición de material bibliográfico para la Escuela Profesional de Derecho de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, por el monto S/. 5,573.00 (cinco mil quinientos setenta y tres con 00/100 soles); conforme a la Orden de Compra N° 0000093-2024.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: PROCENTE EL RECONOCIMIENTO DE DEUDA, a favor de la Empresa Corporación Canespa S.A.C. debidamente representada por su Gerente General Lic. Jury Celina Vargas Salazar, por adquisición de material bibliográfico para la Escuela Profesional de Negocios Globales y Sección Intercultural de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, por el monto de S/ 8, 687.00 (ocho mil seiscientos ochenta y siete con 00/100 soles); conforme con la Orden de Compra N° 0000100-2024.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER Y AUTORIZAR el pago por concepto de vacaciones truncas a favor de ex Segundo Jorge Purizaca Jiménez, quien laboró como Director de Producción y Bienes y Servicios de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, por el monto de S/. 4, 793.60 (Cuatro Mil Setecientos Noventa y Tres con 60/100 soles); monto que se encuentra afecta a los descuentos de ley.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR EL RECONOCIMIENTO DE DEUDA para el pago de subvención económica, para el personal docente que participó en el examen quinto de secundaria 2024, examen parcial y final del CEPUNIB 2024-III de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: PROCEDENTE EL RECONOCIMIENTO DE DEUDA a favor del Sr. Franklin Alexander Zulueta Castro, por concepto de viáticos a la ciudad de Chachapoyas, los días 04 y 05 de diciembre del 2024, según Planilla de Viáticos N° 00498-2024 y Expediente SIAF N° 0000002106, por el monto de S/. 200.00 (doscientos con 00/100 soles).
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Expediente Técnico del Proyecto “Mejoramiento y Equipamiento de los laboratorios en la sede académica de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua” con CUI: 2430662, por el monto de S/. 15.359.788.80 (Quince Millones Trecientos Cincuenta y Nueve Mil Setecientos Ochenta y Ocho con 80/100 soles).
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER Y AUTORIZAR, el pago por concepto de vacaciones truncas a favor del ex servidor JOSE LUIS SAMILLAN CARRASCO, quien laboro Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, por el monto de S/ 1,275.67 (Mil doscientos setenta y cinco con 67/100 soles); monto que se encuentra afecto a los descuentos de ley.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER Y AUTORIZAR, el pago por concepto de vacaciones truncas a favor del ex servidor NILSON MOLOCHO ESTELA, quien laboro como Director General de Administración de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, por el monto de S/ 1,180.64 (Mil ciento ochenta con 64/100 soles); monto que se encuentra afecto a los descuentos de ley.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER Y AUTORIZAR, el pago por concepto de vacaciones truncas a favor del ex servidor Berlín Tapia Bustamante, quien laboro como Jefe de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, por el monto de S/ 989.13 (Novecientos ochenta y nueve con 13/100 soles); monto que se encuentra afecto a los descuentos de ley.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER, la deuda a favor de la Empresa PVC Construcción Mantenimiento y Servicios Generales E.I.R.L., por el monto de S/ 3,255.00 (Tres mil doscientos cincuenta y cinco con 00/100 soles); servicio de alquiler de equipos livianos y pesados para la ejecución de la obra con CUI N° 240668. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER, la deuda a favor de la Empresa PVC Construcción Mantenimiento y Servicios Generales E.I.R.L., por el monto de S/ 23,863.37 (Veintitrés Mil Ochocientos Sesenta y Tres con 37/00 soles); servicio de desmontaje, demolición y remociones para la obra de la Meta N° 01 Cerco Perimétrico del Proyecto Integral Denominado “Creación del Complejo Académico y Administrativo en la Sede Académica de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua”. Con CUI N° 2430668. Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DAR POR CONCLUIDA, la encargatura al Ing. Luis Alberto Solís Mundaca en el cargo de Jefe de la Unidad de Servicios Generales de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, con eficacia anticipada a partir del 31 de marzo del 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, en adición a sus funciones al Ing. Enrique Gabriel Beraun Coronel en el cargo de Jefe de la Unidad de Servicios Generales de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, con eficacia anticipada a partir del 31 de marzo del 2025.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: FORMALIZAR, las modificaciones presupuestarias efectuadas en el nivel funcional programático, dentro de la Unidad Ejecutora, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución, en el marco de lo dispuesto en el articulo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, el Plan de Desarrollo de Personas – PDP 2025 de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, el mismo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, la Contratación Directa N° 001-2025-UNIFSLB/OEC-1, cuyo objeto es la Contratación del Servicio Comedor Universitario para los Estudiantes de Menores Recursos Económicos de la UNIFSLB para el Semestre Académico 2024-1- Durante las Etapas del Concurso Público N° 001-2024-UNIFSLB/CS-1, por el monto total de S/ 718,200.00 (setecientos dieciocho mil doscientos con 00/100 soles) cuyo plazo de ejecución es de 60 días calendarios, en el Sistema de Contratación de Costos Unitarios.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR, al Dr. Tiburcio Rufino Solano León, en adición a sus funciones, el Despacho de Vicepresidencia Académica de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, el día 31 de marzo de 2025, con atribulaciones y responsabilidades que el cargo amerita.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: ENCARGAR, al Dr. Tiburcio Rufino Solano León, Vicepresidente de Investigación, en adición a sus funciones, el Despacho de Presidencia de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, para el 31 de marzo de 2025, con atribulaciones y responsabilidades que el cargo amerita.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RATIFICAR, al Mg. Wilmer Rojas Pintado como jefe de laboratorio de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil, de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, con eficacia anticipada, desde el 12 de diciembre del 2024.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: RECONOCER, la deuda a favor de la Empresa AUSBER FERNANDO SAC, por la adquisición de agregados según orden de compra N° 00203-2024, por el importe de S/. 2,310.00 soles, el mismo que se encuentra sujeto a la penalidad máxima del 10% del monto contractual de S/. 213.00 soles, debiéndole cancelar el importe neto de S/. 2,079.00 soles.
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