SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: INSTAURAR EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra la docente Mg. María Silvia Villa Santillán, por la presunta comisión de la infracción disciplinaria tipificada en el artículo 105° - Deberes del Docente, literal i) del Estatuto de la Universidad Nacional Intercultural “Fabiola Salazar Leguía” de Bagua, aprobado mediante Resolución de la Comisión Organizadora N.° 305-2023-UNIFSLB/CO, que textualmente establece: “Los docentes deben cumplir lo siguiente: (…) i) Mostrar conducta digna”; Disposición que guarda concordancia con lo señalado en el artículo 87° - Deberes del Docente, numeral 87.9, de la Ley Universitaria N.° 30220, referido a la obligación de los docentes de observar una conducta digna en el ejercicio de sus funciones.
dummy Intranet
dummy Repositorio DSpace
du4R532mmy admision@unibagua.edu.pe
dummy Convocatorias
dummy Agenda UNIFSLB
dummy Noticias
dummy Comunicados