SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: FUNDADO el recurso de apelación contra la Resolución de Comisión Organizadora N° 322-2025-UNIFSLB, en el extremo de haberse vulnerado los principios siguientes: debido proceso, proporcionalidad de la sanción y deficiente subsunción de la falta con los hechos, (principio de tipicidad).
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