SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: SEPARAR temporalmente por un (01) año (ciclo académico 2025-I) a los estudiantes de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua, que desaprobaron el mismo curso por tercera vez, conforme a lo establecido en el Reglamento de Matrícula de Alumnos de Pregrado de la UNIFSLB, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 205-2021-UNIFSLB/CO, concordante con el artículo 102 de la Ley Universitaria N° 30220; al termino de este plazo, solo se podrán matricular en la materia que desaprobaron anteriormente, a continuación se precisa la lista de los separados temporalmente:
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